SUBVENCIONES AGADIC AL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL TALENTO AUDIOVISUAL GALLEGO: CONVOCATORIA.

Ayer, 8 de abril, AGADIC ha publicado las bases de las subvenciones al desarrollo y promoción del talento audiovisual gallego, para el año 2.015 y de ellas resaltamos:

– Objetivo: Para impulsar la creación y al mismo tiempo contribuir al cumplimiento de las tareas que la Ley del Audiovisual atribuye al sector, en la normalización de la lengua gallega, estas subvenciones tienen por objeto fijar las bases para fomentar la creación de obras audiovisuales con decidida vocación artística y cultural y, en concreto, la escritura de guiones y la realización de cortometrajes a cargo de creadores individuales o la realización de largometrajes a cargo de empresas individuales o productoras y proceder a su convocatoria para este año 2.015.

– Modalidades: Podrán ser objeto de subvención las siguientes modalidades de proyectos:

Modalidad A: Subvención a la escritura individual de guión en gallego: subvención para proyectos de guión de obras originales o adaptación de obras literarias para largometrajes cinematográficos. La cuantía adjudicada por proyecto será de 5.000 €.

Modalidad B: Subvenciones para la realización de proyectos de cortometrajes grabados en versión original gallega con una duración inferior a 30 minutos. Las subvenciones tendrán una cuantía de 6.000 €.

Modalidad C: Subvenciones a proyectos de largometrajes cinematográficos en versión original gallega, con una duración igual o superior a los 60 minutos y que cuenten con un realizador que no tenga dirigido o codirigido más de dos largometrajes cualificadas para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica. Las subvenciones tendrán una cuantía de 30.000 €.

Cada proyecto deberá estar inscrito en una sola modalidad.

– Beneficiarios:

Modalidades A y B: personas físicas residentes, por lo menos desde un año previo a esta convocatoria, en la CCAA de Galicia o en un estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, siempre que no realicen el proyecto para el que solicitan la subvención de manera profesional.

Modalidad C: directores residentes, por lo menos desde un año previo a esta convocatoria, en la CCAA de Galicia o en un estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, que estén constituidos como productora individual en el momento de presentar la solicitud. Asimismo, podrán optar aquellas personas jurídicas constituidas como productoras con antigüedad de un año, establecidas, por lo menos desde un año previo a esta convocatoria, en la CCAA de Galicia o en un estado miembro de la UE o que formen parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.

-Plazo: Un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de la resolución en el DOGA. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primero hábil siguiente.

Para más información sobre esta convocatoria: http://www.xunta.es/dog/Publicados/2015/20150408/AnuncioG1097-270315-0001_gl.html o póngase en contacto con nosotros.

María Romero Valiña

MRV Abogados

 

 

 

 

 

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