Primera condena judicial para las acciones de Bankia

Bankia ha sido condenada, en una sentencia pionera en España, a reintegrar a una pareja de jubilados ovetenses y a su hija 38.000 € invertidos en la oferta pública de venta (OPV) del año 2011. El juzgado de Primera Instancia Número 10 de Oviedo ha establecido que existió una mala comercialización por parte de la entidad al entender que a los clientes se les estaba engañando con el precio de las acciones y con una gran demanda que nunca existió. La entidad presidida por Goirigolzarri ya ha devuelto a los demandantes aquel importe más otros 60.000 euros que habían colocado en preferentes.

La sentencia dictada el pasado 21 de noviembre y que no ha sido recurrida, supone el primer fallo contrario a Bankia por la mala comercialización de sus acciones con motivo de su salida a Bolsa. Sólo en el primer año, los inversores perdieron un 82% del precio inicial de 3,75 euros por acción.

El juez ha fundamentado su fallo en la mala comercialización realizada por la entidad en la colocación de estos títulos, lo que abre la esperanza a miles de afectados por esta causa. En su exposición, el magistrado basa la condena, por una parte en que los trabajadores de la entidad reconocen que vendieron a los afectados una valores muy demandados, lo que en opinión del juez no era cierto; y por otro lado, se indica que la entidad incitó a los afectados a solicitar una cantidad de títulos superior a la que realmente deseaban, en base a que «seguramente habría un prorrateo sobre las peticiones, dada la elevada demanda de acciones que estaba teniendo lugar». Sin embargo, finalmente no existió prorrateo alguno. Por ello se concluye que “los actores sufrieron, al tiempo de firmar las órdenes, un error tanto sobre la cantidad de títulos que adquirían y de dinero que invertían como sobre el valor de dichos títulos, inducidos a pensar por la entidad que la cantidad que finalmente invertirían sería inferior a la reflejada en los títulos y que el valor de estos era muy superior al precio que iban a pagar por ellos”.

Bankia tendrá por lo tanto que hacerse cargo del pago de las posibles condenas que en adelante se sucedan por la misma problemática, que se sumarían a las que tiene que satisfacer por las reclamaciones judiciales y los arbitrajes de las preferentes y deuda subordinada.

María Romero Valiña

MRV Abogados

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