La Comisión Europea, en un documento remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solicita que la banca española reintegre, con carácter retroactivo, todo lo cobrado por las cláusulas suelo, en contra de lo dispuesto en la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a tres bancos a devolver las cláusulas suelo de las hipotecas solo desde mayo de 2013, pero no todo lo anterior. La Comisión entiende que no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de lo pagado por el consumidor, ya que si una cláusula es declarada nula, “lo es desde el origen”. El documento de la Comisión se opone con contundencia a los argumentos esgrimidos por el Supremo para limitar la retroactividad: “el cese en el uso de una determinada cláusula declarada nula por abusiva, como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor, no es compatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad, salvo que dicha limitación sea necesaria para preservar el principio de cosa juzgada”.
Además, añade, según los artículos 6.1 y 7.1 de la directiva 93/13/CEE, “no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia”.
El informe de la Comisión es solo una de las alegaciones presentadas ante el Tribunal de Justicia Europeo, pero dado que la Comisión es la encargada de velar por el cumplimiento de la directiva, puede tener bastante influencia en el futuro veredicto. Si los jueces siguen el razonamiento de la Comisión, la futura sentencia podría suponer una factura multimillonaria para la banca.
España también ha presentado sus propias alegaciones para defender el límite a la retroactividad de las indemnizaciones. Y otros Gobiernos, como el de Reino Unido, también se han personado en el caso para defender el derecho de los tribunales nacionales a limitar las indemnizaciones. Pero el informe de la Comisión, es contundente. “Si se les permitiera a los jueces nacionales moderar a su discreción las cantidades a devolver (…) se estaría vaciando de contenido (…) la directiva y eliminando el efecto disuasorio de dicho precepto para los comerciantes”.
Miles de afectados han acudido a los juzgados para reclamar que le devuelvan lo cobrado al aplicar la cláusula suelo, que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los tipos acordados con la entidad estén por debajo. Hasta ahora, en la mayoría de los casos los jueces han dado la razón a los clientes, pero sin exigir la retroactividad total al banco, es decir, desde el 9 de mayo de 2013 en adelante.
¿Qué puede pasar a partir de ahora? En primer lugar, debe posicionarse el Tribunal de Justicia y ver qué implicaciones tiene su sentencia.
Si todavía tiene cláusula suelo en su hipoteca, y quiere eliminarla y recuperar el dinero pagado de más, llámenos.
María Romero Valiña
MRV Abogados