La Audiencia de Pontevedra acaba de dar la razón a un matrimonio, en cuya hipoteca se detectaron hasta cinco estipulaciones abusivas. La resolución supone la revocación de una sentencia previa, que desestimó la pretensión de la pareja, al entender que el demandante no era un consumidor, dado que el inmueble sobre el que se había constituido la hipoteca, la esposa regentaba un negocio familiar de mercería y lencería. La Audiencia ha concluido que no ha quedado acreditado que el demandante ejerciera comercio alguno.
Aclarado ese punto, gran parte de la sentencia se centra en acometer el análisis de la nulidad de la cláusula suelo del préstamo. Al respecto, la Audiencia ha entendido que no ha quedado probado por parte de la entidad bancaria que se hubiera dado la información clara y transparente del alcance de la misma a las personas que suscribieron el préstamo y por ello debe ser anulada.
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María Romero Valiña
MRV Abogados