-CONCEPTO GENERAL: Se trata de dos sistemas de cobro y de pago que ofrecen las entidades financieras a su cartera de clientes empresariales y que sirven tanto para gestionar y agilizar, en parte, el cobro y el pago de los proveedores de esas sociedades.
El crédito comercial permite a las empresas y autónomos financiarse a través de la actividad de compra y venta del negocio, como alternativa al crédito bancario. Con la modernización del sistema financiero se ha ido incrementando el número de soluciones disponibles en el mercado para que los negocios consigan liquidez con alternativas no bancarias.
– EL FACTORING: Es una fórmula de financiación y administración, basada en la cesión del crédito a cobrar por la empresa a una entidad financiera o compañía factoring. Básicamente es ceder el crédito comercial de nuestros clientes a una entidad financiera la cual se encargará de gestionar su cobro a cambio de una contraprestación. Es una fórmula muy utilizada por las grandes empresas, y aunque no es tan popular entre las pymes, con esta fórmula puede reducir la carga de trabajo del departamento administrativo.
El proceso de asignación y contratación no es nada complejo. El primer paso que hay que efectuar es contactar con la compañía de factoring o con la entidad financiera para acordar los términos de la operación más adecuados y el coste que supondrá. Para ello, debemos facilitar los datos de nuestra empresa y los relativos a la actividad que desarrollemos con cada uno de los clientes que queremos incluir en el contrato.
Con la documentación solicitada, la compañía o entidad financiera estudiará la solvencia de nuestros clientes (deudores), pudiendo así descartar a aquellos que estime oportuno, al igual que asignar un límite de crédito a aquellos deudores que se incluirán en el contrato. Este límite se traduce a la cantidad máxima que asumirá el factor en el caso de insolvencia de algún deudor.
Una vez acordado todos los puntos y firmado el contrato, debemos enviar a los deudores una carta, en el que se les comunicará que hemos realizado un contrato de factoring, por lo que a partir de esa fecha, el pago de las facturas deberán efectuarlo directamente a dicha compañía o entidad financiera.
El proceso descrito tiene asociado un coste financiero. Por un lado, las entidades financieras suelen aplicar una comisión de hasta un 3% del nominal del crédito cedido. Además, por el anticipo de créditos se suele aplicar un tipo de interés, o incluso otros costes relacionados con la elaboración de informes comerciales de los clientes, seguros… Estos costes son su principal inconveniente.
Obviamente, el factoring no está dirigido a cualquier tipo de empresa, siendo más adecuado para unas que para otras. Es más fácil conseguir el factoring si la empresa vende a otras empresas u organismos públicos, en vez de a clientes particulares. Es el caso de las pymes, por ejemplo, se suele contratar cuando estas trabajan con grandes empresas. De igual modo resulta más sencillo si se vende a plazo, si los clientes son compradores recurrentes o si se trata de empresas que se comprometan a ceder a la compañía de factoring una facturación mínima anual.
Entre sus ventajas más atractivas encontramos la posibilidad de financiación que ofrece, la reducción de tareas y gastos administrativos, la información actualizada sobre la situación de nuestros clientes, una mayor solidez de nuestra estructura financiera o reducir los ratios de endeudamiento y morosidad.
El factoring puede adoptar diferentes modalidades:
A)- El factoring con cesión en firme de los créditos, con dos posibilidades:
a)El factoring sin recurso: es la adquisición de los créditos de una empresa contra sus clientes, sin recurso contra el cedente aunque haya impago por parte del deudor, es decir, el factor asume el riesgo de insolvencia.
b) El factoring con recurso: es la cesión de los créditos pero con cláusula «pro solvendo», de modo que si el deudor no paga, el factor recupera su crédito del cedente. En este caso el factoring es equivalente al descuento bancario o anticipo de efectos.
B)- El factoring con cesión de los créditos en comisión de cobranza: no hay una operación de financiación al cedente, pues éste queda a la espera del resultado de la gestión de cobro por parte del factor. Cuando se produzca el pago por parte del deudor al factor, será cuando cobre el cedente.
– EL CONFIRMING: es un servicio de pago a proveedores por el cual la entidad financiera se encarga de gestionar y pagar las facturas de los proveedores emitidas por la realización de trabajos, permitiendo al proveedor el cobro anticipado.
La entidad financiera gestiona el pago a los proveedores de la empresa y les propone voluntariamente cobrar los trabajos facturados al cliente de forma inmediata, sin tener que esperar al plazo estipulado de cobro.
Supone un amplio abanico de ventajas para una empresa, desde la reducción de los costes consecuentes de operaciones de pago, hasta la mejoría de la gestión de tesorería. Esto es así ya que permite conciliar todos los pagos en una sola cuenta corriente y proporciona la iniciativa de pago. Además puede ser un instrumento para mejorar la imagen de la empresa ante los proveedores, ya que los pagos están avalados por una entidad de crédito. Evidentemente, para que la entidad lo conceda se debe tener un currículum excelente de pago de facturas.
El proveedor se asegura el cobro ya que una vez confirmada la factura, es prácticamente imposible que esta no se pague. Además, como ha quedado expuesto, se puede adelantar el cobro de las facturas sin consumir su capacidad de crédito bancario. Este adelanto es “sin recurso”, es decir, si no pagamos, nuestro proveedor no tiene que devolver la capacidad anticipada. Respecto a los inconvenientes de cara al proveedor, son los costes que suponga el anticipo de cobro, aunque dicho coste suele ser inferior al coste de un anticipo o descuento tradicional.
– CONCLUSIÓN: DIFERENCIAS FACTORING – CONFIRMING:
- El confirming se realiza sobre los proveedores y el factoring, sobre los clientes.
- El factoring es un servicio de cobros, mientras que el confirming es un servicio de pagos.
- En el anticipo de facturas, la empresa logra liquidez con las ventas a plazo a sus clientes, mientras que el confirming es una herramienta que facilita el pago a los proveedores.
- En el confirming es el proveedor del cliente el que se asegura el cobro de sus trabajos, mientras que en el factoraje es el propio cliente de la entidad financiera.
- En el confirming mejora la capacidad de negociación con los proveedores porque éstos saben que tendrán financiación garantizada, mientras que con el factoring la empresa gana flexibilidad a la hora de negociar plazos con los clientes, ya que sabe que cobrará el trabajo inmediatamente sin influir el plazo pactado para el pago.
Si está interesado en la contratación de cualquiera de estas figuras, y tiene dudas al respecto, llámenos sin compromiso.
María Romero Valiña
MRV Abogados