Qué es el céntimo sanitario: Es un impuesto de carácter estatal sobre los carburantes (IVMDH, Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos), que aplicaban trece comunidades autónomas, entre ellas Galicia, desde el 1 de enero de 2.012 hasta finales de diciembre de 2.012 y cuyos ingresos se destinaban a financiar la sanidad.
Quién podrá reclamar su devolución: El pasado 27 de febrero de 2.014 la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a raíz de una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, estableció que el céntimo sanitario es contrario a la legislación comunitaria, por lo que Hacienda tendrá que devolver retroactivamente los importes, a cualquier empresa o particular que pueda justificar documentalmente mediante facturas el pago de este gravamen.
Cómo reclamaremos: La Ley General Tributaria (en adelante LGT) permite al obligado tributario que realizó un ingreso indebido instar su rectificación a través de una reclamación de ingresos indebidos ante Hacienda (art. 120), solicitando la rectificación de la autoliquidación, para obtener la devolución de las cuotas cuya repercusión no tenía que soportar.
Plazo para la reclamación: La LGT establece (art. 66 LGT) la prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de ingresos indebidos a partir de los cuatro años, es decir, solo podrían reclamarse los pagos comprendidos entre el 1 de enero de 2.010 y finales de 2.012, salvo que se haya presentado con anterioridad una reclamación que haya interrumpido la prescripción.
Sin embargo, los que pagaron indebidamente con anterioridad a 2010 también podrían estudiar la reclamación de los ejercicios prescritos a través de una acción de responsabilidad patrimonial del Estado.
Soporte documental: Cualquiera que posea las facturas con el detalle de los litros repostados y el impuesto devengado puede solicitar la devolución.
Ante quién se reclama: Aunque hayan sido las Comunidades Autónomas quienes recaudaron este impuesto, se trata de un gravamen estatal por lo que las reclamaciones se presentarán ante la hacienda estatal.
María Romero Valiña
MRV Abogados